La Justicia frenó los operativos violentos de la Patrulla Municipal en Mar del Plata: un fallo histórico protege a personas en situación de calle

La Justicia frenó los operativos violentos de la Patrulla Municipal en Mar del Plata: un fallo histórico protege a personas en situación de calle

Un fallo judicial sin precedentes puso freno a los operativos violentos que la Patrulla Municipal venía desplegando en distintos puntos de Mar del Plata contra personas en situación de calle y sectores vulnerables. El juez de Garantías N.º 4, Juan Francisco Tapia, resolvió hacer lugar a un habeas corpus colectivo presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y ordenó al Municipio cesar de inmediato con los procedimientos “violentos, coercitivos o humillantes”.
La denuncia fue presentada por la CPM junto a organizaciones sociales y vecinos que documentaron numerosos episodios de violencia institucional por parte de la Patrulla Municipal, que opera bajo la órbita del intendente Guillermo Montenegro. La acción judicial fue impulsada como un habeas corpus preventivo colectivo, orientado a garantizar los derechos fundamentales de personas que, por su condición de extrema vulnerabilidad, carecen de recursos y visibilidad para defenderse.
En su resolución, el juez Tapia detalló siete elementos probatorios clave que sustentaron el fallo: testimonios directos de víctimas, grabaciones audiovisuales muchas de ellas realizadas por la propia Municipalidad, denuncias penales previas, videos difundidos en redes sociales, documentación oficial de la Patrulla Municipal, relatos de testigos presenciales y un informe técnico elaborado por la CPM.
Según el fallo, estos operativos vulneran derechos constitucionales como la integridad física y psíquica, la libertad ambulatoria, la dignidad humana y el principio de legalidad. El juez advirtió que existe “un patrón de intervención municipal orientado al hostigamiento de personas en situación de calle, con despliegue de violencia física, retención de documentos, uso de gas pimienta y actuaciones nocturnas con personal encapuchado”.
Uno de los puntos más relevantes del fallo remarca que la Patrulla Municipal no está regulada legalmente ni sometida a ningún control judicial o legislativo, lo que deja sus actuaciones en “un terreno de absoluta discrecionalidad”. En este marco, el Poder Judicial resolvió intervenir ante lo que calificó como un accionar sistemático del Estado local que, en nombre del orden y la seguridad, incurre en prácticas ilegales e inconstitucionales.
El Municipio apeló la decisión el mismo día en que fue notificada, pero la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Mar del Plata confirmó la validez general del habeas corpus. Si bien solicitó al juez Tapia que acote algunas medidas y precise sus alcances operativos, ratificó que ninguna política de control urbano puede justificarse a través de la vulneración de derechos humanos.


En tanto, la CPM aseguró que continuará monitoreando la situación en el territorio y advirtió que podría presentar nuevas denuncias si se detectan operativos fuera del marco legal.
La resolución judicial generó un fuerte impacto local. Fue respaldada públicamente por organismos de derechos humanos, el Colegio de Abogados, concejales opositores y sectores del clero marplatense. Desde el Ejecutivo municipal, en cambio, calificaron el fallo como “un exceso judicial” y defendieron la necesidad de mantener medidas para “ordenar el espacio público”.
Mientras se espera una eventual revisión del caso por parte de la Suprema Corte bonaerense, la decisión del juez Tapia continúa vigente y debe ser cumplida en su totalidad.

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