La Justicia frena el megaproyecto de torre en Stella Maris y el Ejecutivo responde con un recurso ante la Cámara.
El avance del controvertido proyecto inmobiliario que preveía la construcción de una torre de 35 pisos en el corazón del barrio Stella Maris quedó formalmente suspendido por decisión del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Mar del Plata. La resolución judicial, dictada el 10 de junio de 2025 por el juez Simón Francisco Isacch, hizo lugar a una medida cautelar solicitada por dos organizaciones civiles, y puso en jaque la ordenanza N°26.448/2024, aprobada por el Concejo Deliberante apenas ocho meses atrás.
El fallo destaca una serie de fundamentos jurídicos y técnicos que cuestionan severamente el proceso mediante el cual se habilitó el desarrollo inmobiliario. Entre ellos, se subraya la ausencia de consulta pública y de un estudio de impacto ambiental conforme a los principios preventivos y precautorios establecidos en el artículo 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. También se remarca que no se observaron adecuadamente los impactos urbanísticos ni se justificaron razonablemente los cambios normativos aplicados para autorizar una edificación de tal magnitud en un área residencial con valor patrimonial.
Uno de los párrafos más contundentes del fallo señala que el emprendimiento implicaría “la alteración —destrucción o modificación, aun parcial— del patrimonio arquitectónico que integran los inmuebles existentes en el conjunto parcelario en el que se asentaría el proyecto, lo cual constituye un fenómeno irreversible”.
La causa judicial fue iniciada por las asociaciones civiles “Mirada Ciudadana” y “Surfrider Argentina”, con patrocinio de la abogada Soledad Arenaza. La carátula del expediente es: “Mirada Ciudadana y otro c/Municipalidad de General Pueyrredon s/Pretensión anulatoria – amparo ambiental”, expediente N°32788. Las presentaciones iniciales fueron realizadas en abril de 2025, y en mayo se amplió la demanda para denunciar un posible conflicto de intereses: la autora del informe ambiental habría sido pareja de un funcionario del área de Obras Públicas, lo que cuestiona la imparcialidad técnica del estudio.
La ordenanza en cuestión había sido votada y sancionada por mayoría en septiembre de 2024. Contó con el respaldo de los bloques de Vamos Juntos, UCR, Coalición Cívica y La Libertad Avanza. Entre quienes se opusieron se destacaron las concejalas Valeria Crespo, quien calificó el proyecto como “un verdadero dislate urbanístico”, y el concejal Juan Manuel Cheppi, quien denunció un crecimiento desordenado de la ciudad y advirtió sobre la falta de evaluación técnica seria.
El trámite que dio origen a la ordenanza tuvo una velocidad llamativa: desde la presentación del proyecto por parte del fideicomiso interesado en agosto de 2024 hasta la sanción de la ordenanza, transcurrió apenas un mes. En contraste, otros desarrollos urbanísticos menores suelen demorar entre seis meses y un año en ser evaluados por los organismos técnicos, antes de llegar al Concejo Deliberante.
Tras la medida cautelar dictada por el juez Isacch, el Ejecutivo local presentó un recurso de apelación ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo, solicitando que se revise la resolución. En el escrito de apelación, el Ejecutivo defiende la legalidad del proceso, asegura haber cumplido con las instancias de consulta, evaluación ambiental y patrimonial, y sostiene que el proyecto no viola el Código de Ordenamiento Territorial. Además, argumenta que la decisión judicial carece de fundamentos suficientes para paralizar un desarrollo que contaría con respaldo normativo.
El recurso fue concedido por el propio juez, y ahora será la Cámara quien determine si mantiene la medida cautelar o permite que la ordenanza vuelva a entrar en vigencia. Mientras tanto, el expediente continuará su trámite en primera instancia, donde se deberá resolver la cuestión de fondo: si la ordenanza que autorizó la torre en Stella Maris es o no nula de pleno derecho.
La decisión que tome la Cámara no solo definirá el destino de este megaproyecto puntual, sino que también podría marcar un precedente relevante en torno a los límites del desarrollo urbano, la participación ciudadana y la protección del patrimonio en Mar del Plata.




